Desde la entrada En rigor de este código de derecho canónico, promulgado por el papa Juan Pablo Segundo en 1983, se fueron todas las normas legales establecidas con anterioridad. Los cánones se deben de tender teniendo en cuenta la tradición canónica. La comunidad eclesiástica en general y cada uno de sus miembros en particular, deben contribuir con un espíritu solitario en la búsqueda de caminos aledaños que permitan alcanzar una sociedad mejor y con oportunidades para todos.

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