Reforma Constitucional en materia laboral denominada


Reforma Constitucional en materia laboral denominada
  •   17/06/2025
  •   Temas de Derecho
  •   Lic. Victor Chablé Vidal

Una de las grandes razones que se tienen para reformar las leyes laborales en México es precisamente buscar la diversidad en la protección de los derechos laborales de los trabajadores en la que el Estado mexicano está obligado a proporcionar en beneficio de sus ciudadanos y con ello lograr obtener una mayor justicia social y de equidad de género para que puedan tener mejores condiciones de trabajo, mejores salarios, seguridad social, de vivienda, entre otros; que los trabajadores sin importar su condición o género sexual tengan las mismas oportunidades dentro del mercado laboral.

Ahora bien, dentro de estas reformas en materia laboral, podemos encontrar una en particular, en la que miles de trabajadores mexicanos en sectores como el comercio, servicios y manufacturas se pasan largas jornadas laborales en cualquiera de los 3 turnos; diurna, nocturna y mixta que establece la legislación laboral, sin que estos tengan posibilidad alguna de tener un descanso adecuado debida a estas extensas jornadas, por lo que esta condición laboral puede generar diversos problemas en la salud de los trabajadores como fatiga extrema, trastornos circulatorios e inclusive lesiones musculoesqueléticas que aparte de dañar la salud del trabajador, también afectara su rendimiento laboral y pérdidas significativas a la empresa.

Ante esta situación, el Estado mexicano y a través del Poder Legislativo, se reforma la Ley Federal del Trabajo, en sus Artículos 132 fracción V en la que establece que el patrón está obligado a proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo para las personas trabajadoras de sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos para la ejecución de sus funciones. Artículo 133 fracción XVII Bis, establece que los empleadores obliguen a las personas trabajadoras a permanecer de pie durante su jornada laboral y prohibirles tomar asiento periódicamente para su descanso; Artículo 422, 423 fracción V que establece la regulación de normas en la empresa para que las personas trabajadoras puedan usar asientos o sillas con respaldo durante su jornada laboral.

Esta medida laboral tiene como objetivo la de garantizar las condiciones laborales más dignas y, sobre todo, la prevención de enfermedades asociadas al esfuerzo físico que cada trabajador está expuesto. Por lo tanto, la Ley Silla; como se le ha denominado a esta reforma laboral, desde su contexto social y jurídico; le ofrece beneficios a los trabajadores que buscan mejores condiciones laborales en distintos sectores.

Ante esta decisión gubernamental en materia laboral, el Estado se basa en los principios de equidad y proporcionalidad para optimizar el bienestar de los trabajadores a través de diferentes enfoques que explican el porqué de la toma de decisiones en esta reforma Constitucional en materia laboral.

   Enfoque en derechos laborales; se buscó garantizar condiciones laborales dignas con equidad e igualdad de género y así evitar los abusos a los derechos humanos de los trabajadores; así como también la de promover el bienestar físico, emocional y de salud de los trabajadores.

   Enfoque en salud pública; a través de esta reforma constitucional, se busca que los efectos de las condiciones laborales en salud sean óptimos para que de esa manera se puedan prevenir enfermedades que perjudican el campo laboral.

   Enfoque económico; analiza el impacto que puede tener las regulaciones laborales sobre la productividad y la competitividad de las empresas dentro del mercado laboral, es decir; que tanto podría aumentar su producción y que tanto bajaría el riesgo de salud en los trabajadores.

   Enfoque familiar; esta situación se puede ver beneficiada en el núcleo familiar, toda vez que el descanso intermitente dentro del campo laboral, puede hacer que las familias puedan reunirse mas y poder dedicarles mayor tiempo de convivencia.

Ante esta situación, la reforma constitucional en materia laboral o la denominada “Ley Silla”, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 19 de diciembre de 2024; y en la que los empleadores tienen un plazo de 180 días naturales para la adecuación de mobiliario, documentación interna, políticas internas y los reglamentos de trabajo de acuerdo a las nuevas disposiciones jurídicas que establece la Ley Federal del Trabajo; por lo que esta ley entra en vigor a partir del próximo 17 de junio de 2025.

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